RONCESCAN PERROS DE AYUDA es una asociación “sin animo de lucro”, y en el Articulo 3 de sus Estatutos se establece como fines de la misma:“Favorecer la integración de personas con algún tipo de carencia física o psíquica en la sociedad, logrando la máxima igualdad de oportunidades posible poniendo a su disposición perros entrenados según sus necesidades.”
Bajo estas premisas se pretende realizar, sin ninguna duda, una labor humanitaria, haciendo necesario las aportaciones económicas que las personas, empresas, o instituciones que compartan todo o parte fundamental de lo reflejado en los, ya mencionados, Estatutos consideren dentro de sus posibilidades. De esta forma podremos entre todos ayudar a muchas personas necesitadas de la misma. Lógicamente, en función del volumen del monto económico recibido se podrá atender a un mayor o menor numero de personas que lo necesiten.
De acuerdo con el Articulo 29, los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la asociación serán los siguientes:
Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias.
Las subvenciones puntuales, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas físicas o jurídicas.
Cualquier otro recurso lícito.
Las donaciones pueden ser continuas o puntuales por cualquier persona física o jurídica.